Gestión de la Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes

En FREMAP, estamos contigo para ayudarte si sufres una enfermedad común o las lesiones de un accidente no laboral y no puedes trabajar, colaborando activamente con el servicio público de salud (SPS) usando nuestros propios medios en tu recuperación:

  • Citación y consulta médica desde la recepción del parte.
  • Evaluación y seguimiento por nuestro personal sanitario.
  • Solicitud de pruebas diagnósticas para agilizar tratamientos.
  • Consultas telefónicas o presenciales según evolución.
  • Propuestas motivadas de alta en coordinación con el SPS y el INSS.

Si tu médico de atención primaria te ha emitido la baja, somos los responsables de la prestación económica por esta incapacidad temporal y el importe al que tienes derecho es:

 

Días de bajaImporte de la prestaciónResponsable de la prestación
Días 1 a 3No hay prestación 
Días 4 a 1560 % de la base reguladoraEmpresa
Días 26 a 2060 % de la base reguladoraMutua
Del día 21 hasta final prestación75 % de la base reguladoraMutua

 

Días de bajaImporte de la prestaciónResponsable de la prestación
Días 1 a 3No hay prestación 
Días 4 a 860 % de la base reguladoraEmpleador
Días 9 a 2060 % de la base reguladoraMutua
Del día 21 hasta final prestación75 % de la base reguladoraMutua

Esta prestación económica se abona en forma de pago directo por parte de FREMAP en estas situaciones:

  • Extinción de la relación laboral o suspensión en el caso de los trabajadores fijos discontinuos (mientras estás de baja, cobrarás la misma cantidad que te corresponda por desempleo e irás consumiendo tiempo de paro).
  • No se recibe el pago de la prestación por parte de la empresa.
  • Haber agotado el plazo de 545 días de baja médica.
  • Se trata de un trabajador excluido legalmente de que se la abone su la empresa, como, por ejemplo:
    • Representantes de comercio
    • Artistas
    • Profesionales taurinos
    • Trabajadores agrarios
    • Empleada/os del hogar (a partir del 9º día de la baja)
    • Trabajadores de los grupos 2 y 3 del Régimen Especial del Mar.
    • Estar en un ERE/ERTE
    • Encontrarse en situación de jubilación parcial.
    • Se produce una recaída estando en desempleo.

A través de FREMAP Contigo o presentándonos en FREMAP esta documentación:

  • Solicitud de la prestación: 
    • Para trabajadores por cuenta ajena general: PD CUENTA AJENA GENERAL.pdf 
    • Para empleados del hogar: PD EMPLEADO HOGAR.pdf 
    • Para trabajadores agrarios: PD AGRARIO.pdf
  • Libro de familia
  • Si la antigüedad en la última empresa es menor a 180 días, informe de vida laboral y certificado de bases de cotización emitidos por Tesorería General de Seguridad Social. Puedes solicitarlos aquí.
  • Además, la siguiente para estos casos:
    • Trabajadores agrarios:
      • Fotocopia de la nómina del mes de la baja y hasta 3 anteriores si estaba de alta en la empresa en ese periodo.
      • Certificado de jornadas reales de los últimos 6 años emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.