Atención sanitaria si sufres un accidente de trabajo o una enfermedad profesional

La atención sanitaria se presta, con carácter general, por la Mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que la empresa tenga concertada la cobertura de contingencias profesionales.

El derecho a la atención sanitaria nace desde el mismo momento del accidente de trabajo o del diagnóstico de la enfermedad profesional.

Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena

La asistencia sanitaria incluye:

  • Diagnóstico clínico y pruebas complementarias.
  • Tratamiento médico y/o quirúrgico.
  • Rehabilitación y fisioterapia intensiva.
  • Seguimiento médico continuo y reintegración laboral guiada.
  • Emisión de partes de baja, confirmación y alta médica.
  • Certificados de asistencia sin baja cuando proceda.

La información médica la puedes consultar a través de FREMAP Contigo.

 

La Enfermedad Profesional (EP) es aquella patología contraída como consecuencia directa del trabajo ejecutado por cuenta ajena y provocada por la acción de elementos, sustancias o factores que figuran en el cuadro oficial aprobado por la normativa vigente.

La gestión de la Enfermedad Profesional en FREMAP se caracteriza por un abordaje integral y multidisciplinar, que incluye:

  • Diagnóstico por unidades especializadas.
  • Emisión de parte médico de baja por Enfermedad Profesional.
  • Seguimiento clínico y pruebas específicas.
  • Comunicación electrónica a empresa y entidades gestoras.